El Tribunal Oral Penal de Ovalle dictó sentencia ayer de tres y un año y medio para dos docentes que cobraban el bono de reconocimiento profesional gracias a documentos adulterados

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó ayer–martes 30 de enero– a Claudia Alejandra Rebolledo Rojas y Carolina Isabel Castro Vásquez a las penas de 3 años y un día y 549 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como autoras de los delitos consumados de uso malicioso de instrumento público y obtención fraudulenta de bonos, respectivamente. Ilícitos perpetrado en la comuna de Combarbalá.

En fallo unánime (causa rol 214-2017), el tribunal –integrado por los magistrados Ana Karina Hernández (presidenta), Claudio Weishaupt y Victoria Gallardo (redactora)– aplicó, además, a Rebolledo Rojas y Castro Vásquez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas; la obligación de cumplir con programas formativos culturales, más el pago de una multa a beneficio fiscal de 6 UTM (unidades tributarias mensuales).

Fallo que dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en enero de 2015, las docentes Rebolledo Rojas y Castro Vásquez, con el objetivo de obtener bonos de reconocimiento profesional (BRP), presentaron maliciosamente sendos certificados de estudios emitido por la Universidad de Playa Ancha, adulterados.

Certificados falsos que les permitieron percibir mensualmente, entre febrero de 2015 y octubre de 2016, de manera fraudulenta BRP del Departamento de Educación de la Municipalidad de Combarbalá. 

Durante dicho periodo, Carolina Castro Vásquez recibió la suma total de $1.256.010 (un millón doscientos cincuenta y seis mil diez pesos); y Claudia Rebolledo Rojas $1.182.163 (un millón ciento ochenta y dos mil ciento sesenta y tres pesos), en perjuicio económico del Estado

 

 

 

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Diario El Ovallino