Policías facultados para iniciar controles preventivos de identidad

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    Policías facultados para  iniciar controles preventivos de identidad

    El pasado martes 5 de julio comenzaron a regir las modificaciones del Código Penal incluidas en la Ley 20.931, cuyo nombre es “Facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal de dichos delitos”, pero que es reconocida mediáticamente como “Agenda Corta Anti Delincuencia”, y que al ser efectiva la población en general la reconocerá como Control Preventivo de Identidad.

    El objetivo de esta ley es lograr una mayor eficacia ofensiva contra el delito para entregar mayor seguridad a la ciudadanía, además de poner condenas más duras en los ilícitos mencionados, como también a las penas sustitutivas. Esta instancia igual permite a Carabineros y a los detectives de la PDI exigir a todo mayor de edad, cualquier documento que compruebe la identificación del consultado, la cual puede ser confirmada hasta con el Rol Único Nacional (RUN o RUT).

    Una de las medidas que buscan estas nuevas implementaciones preventivas, es dar resguardo al orden y a la seguridad pública, fortaleciendo la persecución penal del Ministerio Público y la labor de que desarrollan las policías. El Control de Identidad Preventivo y Restrictivo, es una herramientas más que se unirá a los tres controles permanentes que fiscaliza la institución de las carabinas cruzadas, sumándose a los de la de Ley de Derechos y Deberes en espectáculos deportivos, a la los de la Ley de Tránsito y a los que indica el artículo 85 del Código Procesal Penal.

    Características

    Las características básicas de este nuevo proceder policial, se basa en cuatro acciones, como que es aplicable tan solo a mayores de 18 años de edad; sirve cualquier métodos de identificación como carnet de identidad, licencia de conducir, pasaporte o tarjeta estudiantil; la acción no se puede extender por más de una hora; se puede sancionar al negarse a acreditar la identidad o entregar una falsa; y puede ser solicitada en la vía pública, otros lugares públicos y lugares privados de acceso público (discotheque, pubs y universidades).

    Además, para hacer efectivo este control, el funcionario policial debe exhibir su placa y entregar nombre, grado y dotación, por lo que la institución deberá realizar capacitaciones frente a este nuevo criterio de aplicación. Las personas controladas podrán ser conducidas hasta la unidad policial más cercana sí, no puede acreditar su identidad o simplemente al negarse a la petición policial y al comprobarse que posea una orden de detención pendiente. Si bien el procedimiento no debería demorar más de un minuto por persona, la iniciativa contempla una hora como plazo máximo de duración y que si se extiende más, el individuo queda eximido y puede solitar su libertad.

    Autoridades

    Ante la vigencia de la nueva Ley de Controles Preventivos de Identidad, el mayor de Carabineros de la Tercera Comisaría de Ovalle, Ricardo Chau, entregó su visión y postura de esta nueva modalidad de actuar del personal policial.

    “Se podrá controlar la identidad de cualquier persona en la vía pública, en el mismo lugar en un plazo no superior de una hora y tenemos la imposibilidad de trasladarlos sin ser necesario y tampoco podemos controlar a menores de edad. Pero esto no quita ni invalida a las circunstancias establecidas en el artículo 85 y que se refiere cuando haya o exista el indicio de haber cometido algún crimen, delito o falta, o se tengan la certeza que podrían proporcionar antecedentes respecto a una investigación en particular, como por ejemplo en un accidente vehicular donde se reúne bastante gente. Esta misma Ley establece un control policial para prevenir cualquier tipo de abusos”, aseveró el mayor Chau.

    En tanto, el defensor jefe local Gerardo Tagle Sepúlveda, aseguró que están pendientes como Defensoría respecto a la prevención y a evitar algunas anomalías que se pueden presentar, para hacer valer de los defendidos.

    “En este momento no sólo a los delincuentes se le debe controlar la identidad, sino a cualquier persona puede ser objeto del control preventivo policial. Estaremos atentos a que estas nuevas facultades entregadas no devengan con arbitrariedades y las haremos valer en tribunales, mediante las alegaciones y requerimientos que permite el Derecho, ya que el policía deberá tener fundamentos a objetos de realizar este procedimiento para que no se presente abusos y detenciones injustas a personas que note ngan conflcitos con la justicia o quienes la tengas no sean objetos de actos arbitrarios”, remarcó el defensor jefe de Ovalle.

    Hasta el cierre de esta edición no fue posible tener una declaración de parte de la fiscalía local, tras reiterados llamados telefónicos. o1301i