Rechazan nulidad de juicio por femicidio frustrado

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    Rechazan nulidad de juicio por femicidio frustrado

    La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó este martes 31 de mayo de forma unánime el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público, en contra de la sentencia que condenó a Marco Antonio Olmos Barraza a la pena de 5 años de presidio, como autor del delito frustrado de femicidio de su cónyuge, Karol Alexandra Pizarro Chacana, ilícito que fue perpetrado en la comuna de Ovalle, en julio de 2015 y donde el agresor utilizó una tijera de podar para cometer su nefasto acto.

    El fallo se procedió en la Segunda Sala del tribunal de alzada, la cual estaba integrada por los ministros Juan Pedro Shertzer, Christian Le-Cerf y la abogada (i) Elvira Badilla, quienes rechazaron la acción judicial y confirmaron la resolución dictada el pasado 5 de abril por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, el cual en primera instancia, y luego de reunir los requisitos legales en la especie, conmutó el cumplimento efectivo de la pena por la libertad vigilada intensiva por igual lapso, con plan de intervención individual y la obligación de someterse a tratamiento de control de impulsos.

    El criterio antes mencionado que refrendó el fallo en alzada, concluye “que dicha sentencia no es nula, como tampoco el juicio que le sirvió de antecedente”.

    Cabe recordar, que el máximo tribunal penalista de la Perla del Limarí, sentenció a 5 años de libertad vigilada intensiva, pero estimó que el acusado actuó bajo estímulos tan poderosos que causaron arrebato u obcecación, acciones que generaron que el agresor reparara celosamente el mal causado.

    Con el recurso presentado por la fiscalía, además de la presentación de sus argumentos presentados a esta misma corte, pudieran servir para considerar que la presentación establecida, pudiera fundamentar la anulación de la sentencia condenatoria para dar paso a una nueva audiencia de juicio oral, sin embargo con esta resolución, no se podrá efectuar nuevamente este proceso judicial.

    El fiscal Herbert Rohde Iturra, a cargo de este caso y quien presentó el recurso, explicó que su organismo buscaba revocar el primer fallo, con el objeto que el agresor cumpliera sus sentencia privado de libertad. “Presentamos recurso de apelación en forma subsidiaria a la nulidad y queda pendiente la discusión de ese recurso que presentamos en forma conjunta. Estamos discutiendo la forma en que se debe cumplir la sentencia, respecto a lo que resolvió el tribunal oral en lo penal de Ovalle”, dijo.

    Tal cual dice el experto penalista, al momento de interponer el trámite de nulidad del juicio la fiscalía, también apeló para revocar el beneficio concebido al culpable, el cual le permitía cumplir su condena bajo el régimen de libertad asistida intensiva. Ahora queda que se designe una fecha para discutir mencionada apelación en el Tribunal de Alzada de La Serena.

    En tanto el diputado del distrito, Matías Walker, también expresó su disconformidad con esta resolución. “Respetamos pero lamentamos el fallo, tenía la esperanza de que se anulara, ya que creemos que la infidelidad no es una atenuante en el Código penal y es inaceptable que se considere la atenuante del arrebato. Espero sin embargo que existan otros medios procesales a invocar por el Ministerio Público que revoquen la libertad del agresor”, argumentó el parlamentario DC. o1303