Corte Suprema ordena cancelación de circulación de conocida empresa de buses de la ciudad

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    Cortés Flores

    Mediante la Corte Suprema fue acogido el recurso de protección interpuesto por las empresas de transporte Cormar Bus, Palacios, Vía Elqui y Horvitur en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes de Coquimbo, por autorizar la operación de una nueva línea en Ovalle, incurriendo a una falta constitucional respecto a una circular que debe ser regida en la ruta D- 43 (Camino La Serena Ovalle).
    La Tercera Sala de la Corte Suprema integrada por los ministros Sergio Muñoz, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y los abogados (i) Álvaro Quintanilla y Carlos Pizarro, estableció la ilegalidad de la decisión impugnada, que autorizó la inscripción de nuevos buses a la empresa Comercio y Transportes Cortés Flores E.I.R.L., pese a existir una circular que congeló el parque de locomoción colectiva.

    CIRCULAR N°33 

    Mediante este aviso, que rige desde el 04 de agosto del 2004 en el “Reglamento de los Servicios de Transporte de Pasajeros”, comprende que “considerando la gran oferta de servicios de buses rurales entre las ciudades de La Serena-Coquimbo y Ovalle, como también las condiciones de saturación por capacidad de la vía en algunos tramos de la Ruta 43, lo que ha influido en el aumento de accidentes de tránsito, se ha concluido que la ruta no reúne las condiciones de seguridad para seguir autorizando nuevos servicios y aumento de 0119992313192 5 flota, para los servicios de buses rurales que operen entre dichas ciudades. Por lo anterior a contar de esta fecha sólo se aceptará la incorporación de buses en un servicio registrado cuando proceda por la vía de reemplazo de un vehículo de la flota”.

    RESOLUCIÓN

    Frente a esto, el máximo tribunal en un fallo unánime, acoge el recurso donde avoca el servicio de la empresa Cortés Flores, donde la Secretaría Regional Ministerial de Transportes de Coquimbo deberá, “(…) iniciar el proceso de invalidación de la autorización entregada a la empresa Comercio y Transportes Cortés Flores E.I.R.L. informada a ésta a través del Ord. N° 658 de 23 de junio de 2016, disponer lo pertinente para materializar la audiencia establecida en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, debiendo ajustarse en su proceder a la Circular N° 33, vigente a la época de otorgar la referida autorización”.
    Tras esta medida, la empresa Cormar Bus, una de las sociedades que interpuso el recurso de protección, Franklin Araya, propietario y jefe de operaciones de la empresa, expresa que, “Estamos contentos con esta medida porque esta empresa sólo llegó a provocar conflictos, no llegó de buena manera ni a trabajar en conjunto. (…)  nosotros no estamos en contra de la  competencia, el que entre, bienvenido sea, pero al ver como entró esta empresa tan agresiva. Por otro lado explica las razones del por qué se realizó esta diligencia, “Comenzamos a realizar nuestras averiguaciones y el seremi de Transporte nos dijo que en ningún momento estaba congelado el parte por la ruta, podía entrar cualquier empresas. Cómo teníamos esta circular (que restringe las máquinas de transporte en la ruta D-43), hicimos nuestras consultas a nuestros abogados y nos dieron la razón que no podía ingresar otro operador hasta que estuviera lista la segunda vía”, sostiene el propietario de Cormar.
    En cuanto a las tarifas que mantiene el mercado, Franklin aseguró que por parte de Buses Cormar los precios se mantendrán, “Se mantendrán las tarifas que tenemos hasta ahora.  Estarán iguales hasta un buen tiempo”, concluye.
    Por otro lado, desde la seremia de Transportes y Telecomunicaciones, aún no emitirán declaraciones al respecto, debido a temas administrativos y judiciales que aún están en estudio.
    Pese a los intentos por obtener una versión oficial desde la empresa aludida, Transportes Cortés Flores, no pudimos contactarnos hasta el cierre de esta edición.