Jueza de Familia: “Hemos advertido una disminución de ingresos de causas por medida de protección”

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    Frente al funcionamiento del Tribunal de Familia en Ovalle en época de pandemia, la jueza titular Ana Verónica Naranjo, conversó con el diario El Ovallino para detallar el nuevo protocolo de atención de denuncias de Violencia Intrafamiliar (VIF), Violencia de Género y Protección de niñas, niños y adolescentes (NNA), en donde la situación de este último, habría tenido una disminución de la cantidad de ingresos de causas por medidas de protección durante la emergencia sanitaria.

    Como prioridad del Tribunal de Familia, las denuncias por VIF y protección NNA hoy se trabajan con más atención frente al proceso sanitario que hoy se vive en el país y el mundo entero.

    – ¿Cómo interviene el Poder Judicial cuando existe maltrato infantil?

    Cuando esa situación se pone en conocimiento del Juzgado de Familia se apertura una causa proteccional, para indagar la efectividad de los hechos, determinar el derecho vulnerado, el agente agresor, el impacto o afectación que ha producido en el niño, niña o adolescente y finalmente decretar las medidas de protección más idóneas, por ejemplo, derivación de la víctima a un programa terapéutico de carácter reparatorio y otras que las circunstancias requieran. En paralelo, un hecho de maltrato contra un niño, niña o adolescente puede ser constitutivo de delito, por ejemplo de lesiones o maltrato relevante o trato degradante, en cuyo caso, se deben remitir los antecedentes al Ministerio Público para que se inicie la correspondiente investigación penal, que podría terminar en la formalización, acusación y posterior sanción al agresor, lo que se hace efectivo ante Tribunales con competencia en materia penal.

    – Cómo se puede hacer la denuncia, ya sea por violencia intrafamiliar o en caso de maltrato infantil

    Se puede denunciar directamente en Tribunales de Familia, incluso en cualquier Tribunal, en cuyo caso existe la obligación de remitir los antecedentes al Juzgado de Familia competente, también en Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones; si el hecho es constitutivo de delito, también en Ministerio Público, a través de sus Fiscalías Locales. Igualmente, existen líneas telefónicas disponibles para orientación como el número 147 de Carabineros en caso de vulneraciones de derechos de niños, niñas y adolescentes o el fono familia 149.

    En Tribunales de Familia se mantienen operativos los canales de recepción de denuncias que existían antes de la emergencia sanitaria, de manera tal, que es posible realizar una denuncia por violencia intrafamiliar, violencia de género o maltrato infantil de forma presencial directamente en el Juzgado de Familia ubicado en Libertad 652, Ovalle, en horario de atención de público, esto es, de lunes a viernes, de 08:00 a 13:00 y sábados de 9:00 a 11:00 horas, habiéndose adoptado todos los resguardos necesarios para mantener la continuidad del servicio judicial con pleno respeto a las medidas sanitarias, como distancia social, obligatoriedad del uso de mascarilla, incluso, se ha habilitado un servicio de atención en línea al interior del Tribunal, en que el o la usuaria pueden concurrir con tranquilidad, en un espacio independiente y segregado, a realizar su denuncia. Asimismo, se cuenta con correo electrónico disponible para recepción de denuncias o requerimientos jfovalle@pjud.cl, el que es revisado continuamente para dar respuesta a sus inquietudes y teléfono 532634718 disponible en horario de atención de público. También es posible realizar denuncias directamente en la Oficina Judicial Virtual a través de “Trámite Fácil”. Igualmente se reciben denuncias que provienen de otros organismos, sean física o virtualmente remitidas al Tribunal.

    TRIBUNAL EN EMERGENCIA SANITARIA

    -¿Cómo es el nuevo proceso en el acceso de denuncias?

    La Corte Suprema, a través de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género, elaboró el “Protocolo de atención para acceder a canales de denuncia de violencia intrafamiliar, violencia de género y requerimientos de aplicación judicial de medidas de protección de niños, niñas y adolescentes en contexto de la pandemia COVID-19”, que establece orientaciones generales en cuanto a mecanismos de recepción de denuncias en estas materias que, por su naturaleza, son urgentes y no pueden suspenderse aun en situación de emergencia. Su objetivo principal es garantizar el acceso a canales de denuncias que existían antes de la pandemia y la generación de otros adecuados a la situación de crisis que estamos viviendo, a todas las personas que lo requieran, especialmente aquellas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.

    Una vez recepcionada la denuncia, por cualquiera de los medios mencionados, se debe contactar a la presunta víctima dentro de 24 horas para explicar el proceso a seguir, se evalúa de inmediato la pertinencia de adoptar alguna medida cautelar en protección a la víctima y se cita a audiencia más próxima disponible, activando el proceso normal de tramitación de estas causas.

    -Hasta la fecha, ¿Cómo han funcionado los nuevos protocolos y medidas de seguridad ante la pandemia en el Tribunal de Familia?

    Lo cierto es que nuestro Tribunal siempre mantuvo abierto el canal presencial, esto es, la posibilidad que las personas concurrieran directamente al Juzgado de Familia de Ovalle a realizar sus denuncias en estas materias, por lo que el nuevo protocolo, si bien aporta un marco conceptual y teórico importante, no ha representado un cambio sustancial en la forma de operar respecto de estos temas tan sensibles. La idea siempre es conciliar la continuidad del servicio judicial con el resguardo para la salud de las personas, sin perjuicio de las mejoras continuas que en la materia se pueden ir adoptando, para lo cual el protocolo se erige como un instrumento guía.

    -¿Cómo se han abordado las medidas de protección a niñas, niños y adolescentes en la provincia de Limarí en la pandemia?

    Se refuerza el trabajo intersectorial, lo que es muy relevante, pues muchos requerimientos por vulneración de derechos de niños, niñas o adolescentes provienen de otros organismos, como establecimientos educacionales, centros de salud, programas de la red SENAME, entre otros.

    Este es un punto muy importante en este contexto de emergencia, pues hemos advertido una disminución en la cantidad de ingresos de causas por medida de protección, lo que no se condice con la disponibilidad de nuestros canales de denuncia que, como se indicó, se han mantenido siempre accesibles, pero podríamos considerar como una causa de dicha merma el hecho que muchos organismos no están interviniendo personalmente con los niños, niñas o adolescentes, por lo mismo, no están advirtiendo situaciones de posibles vulneraciones de derecho que pudieran afectarles, tal es el caso de los colegios, organismos desde los que nos solían ingresar un número significativo de requerimientos proteccionles.

    De ahí entonces, el llamado a los diversos organismos que trabajan con infancia a mantener y reforzar canales que les permitan pesquisar posibles vulneraciones de derechos de nuestra infancia para remitirlos a nuestro Tribunal y activar la correspondiente causa proteccional. Asimismo, les ofrecemos la disponibilidad del Juzgado de Familia de Ovalle para realizar talleres y reuniones de coordinación que sean necesarias para estos efectos.

    -¿Hay casos excepcionales en donde se debe realizar audiencias presenciales (VIF, Género, Protección NNA)?

    Diría que hoy en día la modalidad de audiencias en materias de violencia intrafamiliar y de vulneración de derechos en nuestro Tribunal es mixta pues, entendiendo que existe una importante brecha digital que dificulta el acceso de los usuarios a medios tecnológicos, se establece un sistema en que éstos pueden concurrir presencialmente a dependencias del Juzgado y ahí pasarán a la sala en que se va a desarrollar la audiencia, que cuenta con todos los medios tecnológicos para verificarla por vía remota (plataforma ZOOM) que, de momento, ha funcionado muy bien, de forma expedita. Incluso se han verificado entrevistas privadas con niños, niñas y adolescentes por este medio, por cierto, no en el espacio ideal para hacer entrevistas con menores de edad, pues para ello existen las salas especializadas o Salas Gesell habilitadas en los Juzgados, pero éstas difícilmente podrían ser usadas en este contexto de pandemia, ya que no proveen del espacio físico que asegure la adecuada distancia social entre entrevistador y entrevistado. Pero la modalidad actual se acerca mucho a un contexto de audiencia presencial, sin que se hayan generado inconvenientes significativos que supongan afectaciones de derechos de los intervinientes de nuestro Tribunal.

    -¿Hubo alguna una necesidad de restructuración provisoria con los funcionarios para atender los casos en el Tribunal de Familia?

    Desde un comienzo se implementó un sistema de turnos rotativos, con dotaciones mínimas, al alero de lo instruido por la E. Corte Suprema y la I. Corte de Apelaciones de La Serena, además se han implementado los medios tecnológicos necesarios para dar continuidad al servicio judicial. Por supuesto, igualmente, se han adoptado las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad judicial y de salud para proteger a funcionarios y usuarios que concurren al Tribunal y, tratándose de aquellos funcionarios que se encuentran en situación de riesgo por tener patologías de base o por razones de edad, realizan su trabajo de manera remota.