Defensa de narcos recomienda su entrega voluntaria

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    Por Lionel Varela / Ovalle 

     

    Una mujer de 25 años fue detenida el pasado martes por carabineros en Guanaqueros durante una fiscalización preventiva. Sin embargo, los efectivos policiales comprobaron que ésta mantenía una orden vigente por tráfico de drogas.

    En efecto, la mujer, chilena y de iniciales J.E.A.A., cuenta con dos reiteraciones, y sería una de las 23 personas que integrarían una banda criminal y cuyos miembros fueron detenidos en Ovalle en la denominada operación “Diamante Verde”, la semana pasada.

    A esta detención se suma el rechazo, por parte de la Corte de Apelaciones, del recurso de reposición interpuesto por la defensa de cuatro de los imputados que pretendía paralizar la orden de no innovar decretada el martes por el tribunal de alzada, y que dejó sin efecto la libertad bajo fianza depara los 23 involucrados en el delito de tráfico de drogas que había sido establecida por el Juzgado de Garantía de Ovalle en una primera instancia.

     

    CUESTIONAMIENTOS A LA ACUSACIÓN 

     

    En ese sentido, y según el abogado Carlo Silva – quien representa a 12 de los imputados – la banda estaría conformada por dos clanes familiares y entre los 23 imputados, al menos, 11 serían mujeres.

    Por ese hecho, según él, la acusación de la Fiscalía sobre la existencia de una “agrupación criminal” se complica claramente.

    Según su análisis, los actos cometidos son conductas aisladas que no implican una coordinación criminal entre todos los acusados. Aunque reconoce que se encontró una cantidad significativa de cannabis en un terreno baldío, señala que no hay evidencias de la existencia de una comunicación o acuerdo entre los imputados para llevar a cabo el delito de manera conjunta.

    En cuanto a la acusación por tráfico de drogas, también cuestiona el planteamiento de la Fiscalía, sugiriendo que la ley clasifica las conductas en diferentes etapas, desde el cultivo hasta la distribución, y que en este caso, aunque se halló cannabis cultivada y almacenada, no se ha demostrado que se haya facilitado su tráfico a terceros.

    En su opinión, el Ministerio Público ha intentado ampliar la gravedad del caso al imputar a todos “por el todo”, sin hacer distinciones entre los roles o implicaciones individuales.

     

    ENTREGA VOLUNTARIA

     

    Bajo ese escenario, el abogado recomendó a sus defendidos presentarse voluntariamente ante el tribunal, argumentando que la mayoría de ellosno tienen antecedentes penales y gozan de una conducta intachable.

    Por ello, afirma, confía en que la Corte de Apelaciones tome decisiones personalizadas y justas.

    En cuanto a las críticas al juez de garantía de Ovalle, Luis Muñoz Caamaño, por permitir el pago de una fianza a los imputados, Silva sostuvo que la resolución del magistrado fue correcta, basándose en los antecedentes presentados durante la audiencia.

    Es más, criticó a la Fiscalía por no haber proporcionado pruebas suficientes para defender su petición de prisión preventiva, como registros de audio o peritajes que conecten a todos los imputados, apuntando a deficiencias en los informes presentados, especialmente, en el relacionado con el lavado de activos, donde se detectaron errores en los datos de las empresas investigadas.

    Para Silva, además, atribuir responsabilidad al juez es erróneo, ya que su fallo se basó en la información deficiente que le fue proporcionada por la Fiscalía.

     

    ERROR JURÍDICO

     

    Sin embargo, cabe recordar que la decisión del juez fue duramente criticada por autoridades, políticos y expertos quienes manifestaron que era una situación que afecta la imagen de la justicia en el país.

    Así lo indica el exfiscal Carlos Gajardo, quien, en entrevista con Diario El Día, sostiene que el hecho de haber otorgado una prisión preventiva con caución es un primer error jurídico importante, por cuanto en el caso en concreto, “evidentemente lo que había era un peligro para la seguridad de la sociedad, esto por la gravedad de la pena, el actuar en grupo pandilla, el número de delitos que se le imputaba, la cantidad de droga incautada y el dinero en efectivo, todo lo cual exigía que la prisión preventiva se decretara por peligro para la seguridad de la sociedad en cuyo caso no procede la fianza”, afirmó.

    Respecto a la situación de que la apelación verbal del fiscal no fuera acogida, el abogado Gajardo señala que dicha apelación sólo está permitida en los casos en que el tribunal rechaza la solicitud de prisión preventiva, pero no procede cuando la prisión preventiva se acoge y se reemplaza ésta inmediatamente por una caución.

    “Ahí hay un defecto legislativo que creo que el gobierno y el parlamento prontamente debieran recoger, permitiendo que se pudiera apelar verbalmente también, en los casos en que se otorga caución y dejando esa resolución en suspenso hasta que sea conocida por la Corte de Apelaciones respectiva”, manifestó el exfiscal.

    Gajardo destaca que la Fiscalía presentó adecuadamente los antecedentes del caso “que dicen relación con algo bastante sencillo: con la adquisición, por ejemplo, de un número importante de automóviles y propiedades de personas que no tienen la capacidad económica para efectuar esas adquisiciones”, detalló.

    “De hecho, el juez reconoce que eso está acreditado porque dice que se acreditaron esas adquisiciones, pero dice que no es suficiente, porque entiende que el mero hecho de haber efectuado compras no es lavado de dinero. Y eso es un error jurídico. La fase final del lavado de dinero efectivamente es la adquisición de propiedades una vez que el dinero se encuentra limpio”, puntualizó Gajardo.

    Por todo ello, para el exfiscal este caso, “por supuesto, que genera una sensación de inseguridad y se ratifica la desconfianza de la ciudadanía a la justicia", afirmó.