Indemnizarán a madre por muerte de nonata en hospital de Ovalle

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    Indemnizarán a madre por muerte de nonata en hospital de Ovalle

    La Corte de Apelaciones de la Serena condenó este jueves 13 de octubre, al Servicio de Salud de Coquimbo a pagar una indemnización a una madre ovallina, quien en marzo del año 2013 producto de una cesárea tardía practicaba en el Hospital de Ovalle, perdió a su hija pese a presentar un embarazo de alto riesgo.

    Se trata del caso de Paulina Andrea Cortés Araya, quien a la fecha tenía 39 años de edad y acudió al control de su embarazo a el Policlínico ARO (Alto Riesgo Obstétrico) del recinto hospitalario de la Perla Limarí, donde fue controlada y monitoreada por una profesional de maternidad, quien estimó que su parto debía ser por cesárea entre el 8 y el 14 de marzo. Tras esto y por otra profesional, bajo el pretexto que faltaba mucho para el alumbramiento, cambió la fecha para el 18 del mismo mes donde se estipularía el día de la cesárea, es decir cinco días más tarde a pesar que la embarazada afirmó que el ginecólogo había indicado el 13 como el día del parto.

    Fue así como el 15 de marzo del 2013, la ovallina a contar del mediodía empezó a sentir dolores y posteriores contracciones que la obligaron a concurrir a maternidad, a la que asistió en compañía de su hermano. A las 20 horas cuando se produce el cambio de turno, se le intentó inducir el nacimiento vía vaginal, hasta que un médico la monitoreo en presencia de una matrona, informándole que la guagua se movía poco por lo que solicitó la presencia del ginecólogo de turno.

    Examinada más tarde mediante una ecografía se le informó que su bebé se encontraba muerta en su útero, por lo que debía someterse a una inducción de parto, lo que finalmente aconteció y que fue considerado como “espontáneo” y registrándose el término del embarazo a la medianoche del 16 de marzo del 2013. En atención a lo sucedido, la afectada presentó un reclamo en el hospital e interpuso una denuncia en la fiscalía local y una demanda en el Tercer Juzgado de Letras de la Serena al Servicio de Salud de Coquimbo por la suma de 100 millones de pesos.

    Luego de 2 años, el 22 de enero del 2016 tribunal civil entregó su fallo en primera instancia, donde decretó el pago de 20 millones de pesos a causa del dolor, angustia y sufrimiento provocado y que debían ser reparados por el Servicio de Salud Coquimbo. La madre ovallina no de acuerdo con la resolución legal interpuso con su abogado patrocinador Iván Olavarría Domínguez, un recurso en el tribunal de alzada, que entregó su veredicto ayer.

    Corte de Apelaciones

    La resolución judicial, fue entregada en un fallo unánime por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones, que ratificó la sentencia recurrida por el Tercer Juzgado de Letras de La Serena, que ordenó al servicio sanitario a indemnizar a Cortés Araya, elevando a 50 millones de pesos, el monto a pagar.

    El razonamiento que el tribunal de alzada confirmó, se refirió que “atendida la naturaleza y extensión del daño emocional sufrido por la actora, acreditado con la testimonial rendida por ella, estos sentenciadores estiman prudente y equitativo elevar el monto de la indemnización otorgada en el fallo en alzada (…), teniendo en cuenta para ello la gravedad de las consecuencias del hecho acreditado, el cual alteró completamente y de por vida el existir de la demandante Cortés Araya, por ello se fija en la suma de cincuenta millones de pesos la indemnización que por concepto de daño moral que debe pagar la demandada Servicio de Salud de la Región de Coquimbo a la actora doña Paulina Andrea Cortés Araya”, concluye el veredicto. o1301.