El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Ovalle, fue creado por la Ley N° 19.665 con fecha 9 de marzo del 2000, que modificó el código Orgánico de Tribunales, iniciando funciones de carácter jurisdiccional a partir del 16 de agosto del mismo año, con competencia sobre las comunas de Ovalle, Río Hurtado, Punitaqui, Monte Patria, Combarbalá, Canela, Illapel, Los Vilos y Salamanca.
En su concepción orgánica es considerado como un tribunal de tamaño menor, formado por una sala integrada en un principio por 3 jueces, hasta la entrada en vigencia de la Ley N° 20.876 de fecha 6 de noviembre del 2015, que modificó el artículo 21 del Código Orgánico de Tribunales alterando la composición de esta magistratura a 5 jueces. Los 2 nuevos cargos fueron asumidos primeramente el 2 de junio del presente año, por Rubén José Bustos Ortiz y luego el 10 de junio, por Ana Karina Hernández Muñoz.
El ingreso de causas por juez es de 95 por sala con tres magistrados al año. No obstante durante 2014 y 2015 se alcanzaron 175 y 235 juicios respectivamente, es decir un aumento de audiencias de 34,3% equivalente a 60 casos. Estadísticas que demuestran que aún se hacen necesaria la presencia de otros 2 nuevos jueces para poder enfrentarla alta demanda de causas y por consiguiente la carga laboral.
Hoy, sin embargo, la presencia de la nueva dotación, permite mitigar la deficitaria falta de magistrados respecto a la admisión de casos.
De hecho, el tribunal ya ha fijado todas sus audiencias de juicios orales, es decir 231 de ellas dentro del plazo legal, dictándose durante el 2015, 229 sentencias definitivas, aumentando en un 37% en comparación al año anterior.
Cabe señalar que la planta del personal actualmente definida del Tribunal presenta un total de 15 cargos distribuidos en: 5 en Escalafón Primario, 2 de Escalafón Secundario y 8 del Escalafón de empleados, considerando para el presente año 2 contratas transitorias del último escalafón.
De izquierda a derecha y sentadas, las juezas Victoria Gallardo y Ana Karina Hernández. De pie, el juez José Bustos, el magistrado Cristián Alfonso Durruty y el juez Claudio Weishaupt.
Conociendo su funcionamiento por dentro
Para conocer más del funcionamiento del Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle, conversamos con el presidente del comité de jueces, el titular Cristián Alfonso Durruty. Su cargo administrativo tiene vigencia de 2 años y es rotativo entre sus pares.
Es casado, tiene dos hijas, además de ser hijo y nieto de destacados ovallinos, pero nacido en Santiago, donde estudió toda su enseñanza para titularse de Derecho de la Universidad de Chile, y tiene 41 años de edad. Se inició profesionalmente en el Ministerio Público como asistente de fiscal en Combarbalá donde estuvo por 3 años, para posteriormente ingresar al cargo de secretario del Tercer Juzgado Civil de Ovalle donde estuvo por 5 años, para llegar al TOP hace 2 años.
“Conozco Ovalle desde niño, pasábamos aquí todas las festividades porque la casa de mis abuelos paternos está ubicada en Camarico, en Las Majadas, y también,tenían casa en calle Gabriela Mistral. Soy nieto del doctor Guillermo Durruty Álvarez, y encalle Libertad, donde ahora hay unas oficinas municipales, pasábamos las navidades, así que a Ovalle la conozco desde siempre”, remarca el magistrado.
-¿Qué relevancia trae consigo la conformación del Tribunal de Ovalle con 5 jueces?
“Para nosotros es muy importante, porque ello obedeció a un proyecto de ley que se tramitó por más de un año y ese proyecto obedece a más a cargas de trabajo. Este Tribunal tiene una alta carga de trabajo y éramos solamente 3 jueces. La Sala está constituida por 3 jueces, por eso en realidad nunca teníamos la posibilidad de tener descansos, siempre estamos en Sala y teníamos una alta carga. Si uno lo divide por juicio por juez era muy alto entonces ahora al ser 5, esa carga se hace más llevadera y lo que realmente importa, es que se puede dar una respuesta más rápida a los intervinientes. Podemos agendar juicios en tiempos más oportunos dentro de los plazos legales por cierto y así mejorar nuestra gestión. Al incorporar 2 jueces más podemos ser más eficientes”.
-¿Por qué se decide aumentar el número de magistrados en este tribunal?
“El Tribunal se crea con una dotación de 3 jueces y con posterioridad, esta ley modifica la dotación y le da 2 jueces más,pero hay una explicación para eso. Debido al número de Auto de Aperturas que son la resolución judicial que vienen desde el Juzgado de Garantía, con lo cual se fija una fecha para iniciar el juicio, los juicios orales han aumentado exponencialmente desde su creación hasta el día de hoy, y eso justifica una mayor dotación de jueces. A título de ejemplo el año 2005 hubo 84 Auto de Aperturas o ingresos, aumentando en 2015 a 236, que aumenta también la carga de trabajo visto desde el punto laboral, por lo que era justificada la inyección de 2 nuevos jueces. Y más aún, hay otro proyecto de ley que crea 110 cargos de jueces en todo Chile y dentro de ello, vendrían 2 jueces más a este Tribunal y llegaríamos aser siete y podríamos tener 2 Salas”.
-¿Cómo distribuye su funcionamiento el Tribunal?
“Los Tribunales de juicio Oral en lo Penal de todo el país funcionan con Salas constituidas por 3 jueces, deben ser impar porque tiene que haber una decisión por mayoría, pueden estar de acuerdo los 3 y existe decisión por mayoría, pueden estar de acuerdo dos y se produce mayoría, pero es impar. En cada Sala hay 3 jueces, cada uno tiene una función, el que se sienta en el medio dirige y es el presidente de la Sala de ese juicio.Es el único que habla con los intervinientes y tiene por objeto dirigir la audiencia, hay otro juez que es integrante quecompleta la Sala y existe otro juez, que está con el computador y es redactor de la redacción del fallo. Las decisiones se toman por acuerdo de los tres integrantes o por mayoría constitutiva por dos y nos vamos rotando. Si en un juicio me tocó presidir, en el segundo lo integro y en el tercero redacto”.
-Cuándo dirimen un veredicto ¿cuál es el procedimiento?
“El juicio tiene etapas.
Éstas comienzan con la lectura de los hechos por los cuales se le acusa a una persona y la pena que el fiscal está pidiendo, luego se escucha los alegatos de la apertura de la fiscalía con su teoría del caso y la teoría de la defensa, qué están pidiendo, para que así nosotros poder orientarnos.
Se determina entonces, el objeto de conflicto. Luego el acusado, si quiere porque tiene derecho a guardar silencio, puede declarar. Se rinden las pruebas, se reciben después los alegatos de cierre y luego de haber hecho ello, el Tribunal, la Sala, los 3 jueces, ingresan a una sala para deliberar.
Ellos discuten para ver si van a resolver o si van absolver o si hay condena. Si es lo primero, se vuelve a entrar a la Sala y se comunica la decisión de absolución y se debe dejar sin efecto, por que así la Ley lo establece, cualquier medida cautelar que afecte al ciudadano, ya sea esta prisión preventiva, ya sea arresto domiciliario o arraigo, porque ha sido absuelto de los cargos fundados en su contra.
Pero en cambio, si la decisión de Sala es condenatoria, se abre la discusión para ver las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal para ver la forma de ejecución de la pena. Entonces la decisión ya no es si es culpable o no, porque ya se determinó su culpabilidad, sino la cuantía de la pena y forma de cumplimiento, como pena efectiva, aplicativa de libertad efectiva o alguna pena sustitutiva como libertad vigilada, reclusión nocturna que puede ser domiciliaria o en la cárcel o la remisión condicional de la pena”.
Esta es la sala de audiencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, donde de lunes a sábado los magistrados realizan las audiencias de juicios orales, para conocer las evidencias y testimonios de cada caso para determinar su resolución.
-En sus 7años en esta función ¿cuál podría ser su análisis de la Reforma Procesal Penal?
“En presencia, somos los hombres quienes nos portamos más mal. La ley de responsabilidad penal adolescente significó un avance para nosotros porque se está tratando de dar un trato diferenciado y de poder lograr la formación de los jóvenes infractores de Ley, con centros especializados, con una justicia y sanciones especializadas con profesionales.La idea es que no vuelvan a delinquir, eso es todo el fin y ha significado sin duda, un avance y ponernos más acorde a la situación mundial actual.
Pero no soy tan joven, tengo casi 42 años y viví el sistema antiguo, el sistema inquisitivo que la verdad sólo existía en Chile.En él, un mismo juez investigaba, después acusaba y luego sentenciaba, lo que no resistía el menor análisis para detectar que no cumple con las normas mínimas del debido proceso, por lo que la Reforma Procesal Penal además, agiliza los procesos.
Por eso fueron inyectados recursos de forma importante, además de que dividió funciones que siempre debieron estar así. Uno, el fiscal que tiene el caso de investigar y cuando cree que tiene elementos suficiente para poder condenar a una persona, tiene que acusar y sustentar en un juicio oral su acusación, y otros, tienen que defenderlo y son los abogados defensores, y otros distintos, tienen que determinar si son culpableso no, y que son los jueces.
Esa división de funciones que parece básica, que parece elemental, son básicas. Se logró con la Reforma Procesal Penal – y que de reforma ya no tiene nada, porque ya han pasado varios años-, que cumpliéramos de forma tardía el estar como estamos.
El ingreso del aumento de Auto de Aperturas, también se debe al ámbito territorial de este Tribunal. A la gente se le olvida que al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal forman parte Ovalle, Río Hurtado, Punitaqui, Monte Patria, Combarbalá, Canela, Illapel, Los Vilos y Salamanca, esa es nuestra jurisdicción, son las provincias completas del Limarí y del Chopa”.
-¿Existen proyecto de ampliación en infraestructura?
“Si hubieran 7 jueces implica tener una segunda Sala, tener simultáneamente funcionando 2 Salas, cosa que no se puede ahora porque somos 5 jueces y le sacamos el máximo provecho desde el punto de vista funcional. Con otra Sala se lograríatener más horas de audiencias, pero el proyecto de ley permite justamente eso. De aprobarse su dotación debiéramos construir la Sala. El Tribunal de La Serena tiene 9 jueces y ellos enel proyecto de ley que se está tramitando van 10, y tienen 3 Salas”.
-¿Qué mensaje le daría a la comunidad ovallina?
“Siento que la gente es crítica – y con razón lo es -, con la labor que hacemos los jueces, con la labor que hacemos en los tribunales, pero también nosotros dependemos de ellos para ver el combate de la delincuencia. Depende de las víctimas y los testigos: si ellos no van a declarar al juicio oral, nosotros no tenemos la posibilidad de condenar, es así de claro y sencillo. Si la gente no pone denuncias, si la gente no está dispuesta a declarar en un juicio oral, no existe forma que el sistema pueda efectivamente condenar a los autores.
Dependemos de la gente, se debe perder el temor al Tribunal, nosotros les damos las mayores comodidades a las víctimas y testigospara que puedan dar sus declaraciones. Además todas las audiencias son públicas, cualquiera puede venir a verlas, el día que quiera.
Hemos hecho actividades con colegios para que la comunidad vaya conociendo como funcionamos y no lo sienta tan lejano como creo que lo sienten. Hemos dado uso a nuestra sala especial de declaraciones de los niños, niñas y adolescentes, que puede ser usado para la toma de declaraciones para víctimas menores de edad y testigos.
No se ha pedido para víctimas, pero se demuestra una mejora, se han visto declaraciones del menor o de la menor más cómodos, con mayor sensación de seguridad, menos intrusivo el interrogatorio porque solamente loentrevista un juez en una sala especial y no, como era antes que era entrevistado por el fiscal, eldefensor, con la presencia de los 3 jueces y viendo al acusado.
Hoy nada de eso ocurre, ya que sólo entra a la sala el juez presidente de la Sala, que se comunica con el fiscal y el defensor conun sonopronter. Así el niño, niña o adolescente no escucha al fiscal o defensor y menos ve al acusado, que puede traer victimización secundaria, la que no implica que es posible erradicarla, pero sí disminuirla y esta medida busca eso”. o1301iR