La demanda civil que realizó la ex secretaria hace tres años en contra del ex director y la corporación a cargo del Colegio Amalia Errázuriz está llegando a su fin. El día 20 de julio se dio la sentencia del caso en el Tercer Juzgado de Letras de Ovalle, donde el magistrado a cargo de la resolución determinó que Paola Henríquez Pizarro debía ser indemnizada por 12 millones de pesos por daños y acoso laboral durante el periodo que trabajó en dicho lugar.
Mediante el resultado, Paola se encuentra conforme con la resolución del juicio que sentenció a su favor, “tengo una paz interna en este momento, sabía que en algún momento se iba a hacer justicia porque cuando uno habla con la verdad, siempre sale a flote. Fueron tres años de papeles de certificación con los médicos. Gracias a Dios el juez vio toda esa pruebas y es el resultado de lo que hoy día salió”.
A pesar del tiempo transcurrido, Henríquez aún sigue con tratamientos para recuperarse de los daños sicológicos que fueron producidos en aquella época en su trabajo, “yo aún sigo con remedios, estoy fuera de Ovalle por salud mental, la recuperación es el mismo proceso que he llevado junto a esta demanda”, sostuvo.
EL CASO
Paola Henríquez se desempeñaba como secretaria en el Colegio Amalia Errázuriz durante el periodo de 1993 a enero de 2014, donde debió abandonar sus funciones en el establecimiento educacional debido a los hostigamientos laborales que sufrió de parte del director en aquel entonces Patricio Gallardo. Según antecedentes entregados en el juicio, la ex funcionaria sufrió de hechos de violencia laboral delante de apoderados, alumnos, administrativos y auxiliares del establecimiento.
Frente a esta situación, Paola denunció a la corporación a cargo Juan Subercaceaux por los malos tratos recibidos por el ex director mediante una demanda civil que comenzó en el año 2015 junto a sus abogados Juan Pablo Corral y Jorge Brusher.
Así fue presentado en el Tercer Juzgado de Letras, el informe exigía el pago de 300 millones de pesos como indemnización de prejuicios extracontractual y por daños moral que habría sufrido Paola Henríquez durante el periodo que trabajó como secretaria del recinto educacional.
Como modo de pruebas que fueron contundentes a la hora de decidir el caso en el último juicio, Paola contó que tuvo que acudir a “la Inspección del Trabajo y a la Superintendencia de Seguridad y Salud de Trabajo y los dos me dieron el favor como enfermedad laboral”. Así lo confirma uno de los informes judiciales donde indica que “la afección que presentó la trabajadora entre noviembre del 2013 y febrero de 2014 es de origen laboral, toda vez que es posible establecer una relación de causa directa, como lo exige la ley 16.744, entre el trabajo desempeñado y la sintomatología que motivó el reposo”.
SENTENCIA
El abogado, Juan Pablo Corral, indicó que el resultado de la sentencia es el primer paso para hacer justicia. “Estamos estudiando los pasos que vamos a seguir, porque en la práctica el juicio lo ganamos en ese sentido se está haciendo justicia, se estableció todo lo que dijo la demanda respecto al hecho ilícito el cual fue objeto la señora Paola. El maltrato existió, el daño existió y este proviene de los demandados, eso es lo que dice la sentencia”, indica el abogado.
Asimismo, Corral señaló que la sentencia aún está siendo estudiada, “hay un plazo de diez días para presentar recurso de apelación ante la Corte de La Serena, una vez que hayamos concluido el estudio de la sentencia, vamos a analizar si apelamos al aumento de la indemnización ya que nos parece que no cubre el monto de los daños que ella experimentó”, manifiesta.