El 2 de agosto se publicó en el Diario Oficial el Nuevo Reglamento del Código de Minería, consagrando un compromiso del Gobierno con el fortalecimiento de la industria, principalmente con la minería a pequeña escala y la minería artesanal, tal como lo han sido la habilitación de la Ventanilla Minera y la Declaración Minera, que permiten reducir los tiempos de tramitación de permisos en minería y apuntan a hacer más eficiente el proceder de los organismos públicos del ecosistema minero.
Respecto a las políticas que se han adoptado para fortalecer al sector, la seremi de Minería, Constanza Espinosa, enfatiza que “el Gobierno del presidente Gabriel Boric se ha concentrado, como ningún otro, en robustecer y potenciar la minería artesanal, que tiene un papel relevante en el desarrollo de economías locales y encadenamiento productivo local. Por eso, la rebaja de patentes mineras está dirigida a productores mineros que no superen las 500 hectáreas.”
Además, añade que “esta ley permite bajar la especulación y abrir nuevos espacios para el trabajo de la pequeña minería, generando mayor dinamismo y flexibilizando la normativa vigente a menor escala. Así damos un paso importante hacia una minería más eficiente, segura y responsable para Chile.”
Dentro de este nuevo reglamento, se encuentra el beneficio para pequeños productores de postular a la rebaja de sus patentes mineras cuyas pertenencias mineras no superen las 500 hectáreas y acrediten estar trabajando la concesión o haber hecho inicio de actividades en ella.
Para simplificar los procedimientos, los beneficiarios podrán acreditar trabajo una vez cada 5 años. En otras palabras, se presumirá que aquel trabajó todo el período o tramo, debiendo pagar 1/10 de UTM por hectárea como patente minera por 5 años, a diferencia de años anteriores, donde quienes postulaban a este beneficio podían optar a 2 años de vigencia en su rebaja.
CÓMO SE DEMUESTRA QUE LA CONCESIÓN SE ENCUENTRA ACTIVA
Otra novedad al respecto es que los mecanismos para demostrar que las concesiones se encuentran trabajando son mediante resolución vigente de Sernageomin que apruebe el proyecto, como Proyecto de Explotación, Declaración Minera o el Plan de Cierre; como también pueden postular proyectos que cuenten con Resolución de Calificación Ambiental favorable o en trámite; y proyectos asociados al artículo XV del Reglamento de Seguridad Minera con el número de referencia de evaluación del proyecto presentado a Sernageomin.
Es decir, se simplifica el proceso, ya que se puede presentar tanto una resolución vigente como un expediente de evaluación en trámite de los servicios evaluadores de proyectos mineros.
Al respecto, Sergio Araya, director regional de Sernageomin señala que “como dirección regional de Coquimbo invitamos a los dueños de concesiones mineras a realizar el trámite, el cual permite solicitar al Servicio Nacional de Geología y Minería la rebaja de la patente minera, a un décimo de Unidad Tributaria Mensual por hectárea completa, para una concesión minera de explotación en base a la Ley 21.649.
La concesión minera debe tener rol asignado, encontrarse vigente en los registros del Sernageomin y debe estar Constituida e Inscrita en el Conservador de Minas.”
DÓNDE Y CÓMO SE POSTULA AL BENEFICIO
Para postular a la rebaja, se debe realizar a través del sitio web www.sernageomin.cl con la clave única del productor y adjuntando los documentos de los datos de la concesión. También se puede obtener información y orientación en las oficinas de la Seremi de Minería, ubicadas en avenida Pedro Pablo Muñoz #650, La Serena; o al teléfono 512211505.