Por Romina Onel / Ovalle
Este lunes se dió inicio al juicio en el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Ovalle, por el caso ocurrido el 25 de agosto de 2018, -alrededor de las 04:00 horas-, en que el acusado L.A.V.A., condujo por la Ruta D-55 en dirección a Ovalle y al llegar a la altura del kilómetro 7 de la referida vía, -a la altura del Camping Viñita-, atropelló a la víctima J.P.C.C., de 19 años de edad, causándole la muerte.
Además de estos antecedentes, se tiene que el acusado iba conduciendo sin haber obtenido su licencia de conducir y en estado de ebriedad, perdiendo el control físico del móvil y saliéndose de la vía, impactando, primero, a la víctima N.A.C.R., -causándole lesiones consistentes en trauma facial, con pronóstico leve-, y luego, atropellando a la víctima J.P.C.C., quien falleció en el lugar, a causa de un politraumatismo de alta energía compatible con atropello vehicular (TEC-Traumatismo Cervical – Traumatismo de Tórax – Traumatismo Abdominal y Extremidades Inferiores).
Sumado a esto, según los antecedentes recabados por la investigación previa al juicio, tras el impacto, el acusado huyó del lugar, sin haber detenido su marcha, ni haber prestado ayuda posible a las víctimas y sin dar cuenta de este hecho a la autoridad competente.
A pesar de esto, el acusado fue detenido por personal de Carabineros, ese mismo día a las 04:50 horas, en la Ruta D-507, -a la altura del kilómetro 14,60-, de la comuna de Ovalle, donde se observó que el vehículo conducido por el acusado, mostraba señales de colisión en su parte delantera.
Muy rápido
Durante el primer día del juicio, algunos testigos del acontecimiento prestaron su declaración, entre ellos, la mujer identificada como C.F.D.A., quien estaba acompañando a la víctima durante la noche del suceso, ya que habían asistido juntas a una fiesta que se llevó a cabo en el Camping Viñita.
Sobre esto, la testigo relató que en el lugar se encontraron con una amiga, quien además estaba acompañada por otra mujer y su pareja, y aseguró que “la fiesta terminó alrededor de 3 o 4 de la mañana, así que llamamos un uber y lo esperamos en el sector de tierra que da al puente que está afuera del recinto, y ahí fue cuando pasó el accidente”.
Ahondando en esto, la testigo detalló que “el vehículo venía en dirección de Sotaquí a Ovalle” y agregó que “fue todo muy rápido, solo sentimos un viento y de hecho se cayó mucha gente, entre ellas, la mujer que estaba con nuestra amiga, después de que la recogimos, empezamos a buscar a J.P.C.C. y nos dimos cuenta que la había arrastrado como 10 metros”.
Además de esto, la acompañante de la víctima señaló que “ella aún tenía pulso cuando nosotros llamamos a la ambulancia, pero se demoraron más de media hora en llegar y en ese rato ella falleció ahí mismo, mientras que el auto siguió no más”.
La madre de la víctima, identificada como L.M.C.P., también presentó su testimonio, declarando que “mi hija estudiaba enfermería en la universidad Santo Tomás, era una excelente niña, no salía, no tomaba, por eso le di permiso a que saliera”.
Estado de ebriedad
Entre los demás testigos de la jornada, se contó con el testimonio del oficial investigador de la sección de investigación de accidentes de tránsito, -cuyo grado es capitán de Carabineros-, el perito Iván Jesús Barrientos Tapia, quien prestó su declaración a través de una videoconferencia desde el TOP de Arica, para exponer la metodología, desarrollo y conclusiones del informe pericial del hecho ocurrido el 2018.
En relación a esto, el perito especificó que “se realizó un levantamiento planimétrico y fotográfico de la configuración vial, luego de un peritaje mecánico al vehículo participante y luego toma de declaraciones a testigos y al conductor del automóvil, -el cual se había dado a la fuga-, y a quien se le realizó la prueba espirométrica, la cual dió un resultado positivo a la concentración de alcohol, arrojando un resultado de 0,91 g/l, lo que constituye estado de ebriedad”.
El perito también expuso los detalles que pudo recabar en su investigación, explicando que “el peritaje mecánico descartó cualquier tipo de falla en el sistema de freno dirección y los componentes del vehículo, que podrían haber derivado en una pérdida de control, por lo que se atribuye el accidente a una acción del conductor y no a una condición del vehículo”.
Asimismo, el perito aseguró que “los daños estructurales del móvil siniestrado son compatibles con las micas encontradas en el lugar del accidente y al interior del vehículo pudimos constatar la existencia de bebidas alcohólicas, consistentes en cervezas” y añadió que “no se pudo determinar la velocidad a la que iba el vehículo”.
Finalmente, el perito concluyó que “la causa del accidente consiste en que el conductor, debido a que conducía en estado de ebriedad pierde el control del móvil, desviando su desplazamiento hacia la derecha e ingresando hacia la vereda adyacente de la vía, atropellando a algunas personas, incluyendo a la víctima que resultó fallecida”.-