Seremi de Transportes inició proceso sancionatorio por paro de micros en la Región

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    Las empresas de transporte a nivel regional: Linsaco, Lincosur y Lisanco, además de Litapel y Lioval de la comuna de Ovalle se sumaron a la paralización nacional del 21 de agosto.

    El pasado lunes 21 de agosto las empresas de transporte a nivel regional: Linsaco, Lincosur y Lisanco, además de Litapel y Lioval de la comuna de Ovalle se sumaron a la paralización nacional frente a la lucha constante frente a las mejoras laborales en cuanto a horarios y subsidios que no benefician a los trabajadores de este rubro.
    En su oportunidad, el presidente de la Confederación Gremial Nacional de Regiones del Transporte Mayor de Pasajeros de Chile (Conabus), Justo Álvarez, “este es un tema a nivel país que venimos trabajando hace más de cinco años y en el último tiempo ya estamos cansados de promesas, tras promesas y no llegamos a nada concreto. Temas puntales como la Chatarrización, el tema laboral, estamos cansados que todos los años tenemos que estar discutiendo con los conductores, por a ellos no les llegan incentivos sobre la ley espejo, lamentablemente, esta no los considera”, señaló Álvarez en el mes de agosto en este mismo medio.
    Mediante este caso, la ministra de Transportes, Paola Tapia, informó al parlamentario mediante un oficio que fiscalizadores de la seremi de Transportes constataron que las empresas dejaron de prestar sus servicios desde las 14 horas del pasado 21 de agosto. Por esta razón, detalló que la autoridad regional puso en marcha el 25 de agosto “el proceso sancionatorio regulado en el indicado decreto supremo N° 212 y procedió a formular cargos a los respectivos responsables de los servicios”.
    Al respecto, el diputado Daniel Núñez sostuvo, “espero que la autoridad aplique las sanciones que correspondan en contra de las empresas que dejaron sin servicios a miles de personas en la Conurbación y en Ovalle el pasado 21 de agosto. La Seremia de Transportes debe ponerse del lado de los usuarios y castigar como corresponde la interrupción del servicio. Es la única manera de ir ordenando y mejorando el transporte público mayor en las principales ciudades de nuestra región”, recalcó Núñez.
    A su vez el parlamentario explicó que el Decreto Supremo N°212 reglamenta los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros. El artículo 92º establece que se procederá a la sanción de cancelación de la inscripción del servicio respectivo en el Registro Nacional, en caso de incurrir el responsable del servicio, sus asociados o dependientes, en el “abandono de los servicios sin causa justificada”.
    La Contraloría General de la República ya tiene en marcha una fiscalización a la Seremi de Transportes por la falta de sanciones hacia las empresas de la locomoción colectiva Lincosur, Lisanco, Liserco, Lioval y Litapel.