Tribunal condena a 10 años de presidio a abuelo violador

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    Tribunal condena a 10 años de presidio a abuelo violador

     La Fiscalía Local de Ovalle logró conseguir en un segundo juicio la declaración de culpabilidad de un abuelo que era acusado de violar a su nieta de 14 años de edad en Ovalle. Los hechos se registraron en días no precisados entre septiembre y diciembre del año 2010, mientras que la defensoría a mediados de este año logró conseguir la nulidad de la condena por este ilícito por parte de la Corte de Apelaciones de la Serena.

    En tanto, el Ministerio Público solicitó la realización de un segundo juicio el cual fue aceptado y el que además entregó otra resolución, la cual condenó al enjuiciado a una pena efectiva de 10 años de presidio para este abuelo que aprovechó su condición de familiaridad para abusar carnalmente de la menor.

    Se trata de un operador de maquinaria pesada de 63 años de edad identificado como Juan Rojas Muñoz, quien cometió su acto ilícito en su domicilio ubicado en el pasaje Amanecer de la población El Mirador etapa I, en la parte alta de la ciudad.

    Este segundo proceso judicial cometido se llevó a cabo en las dependencias del tribunal ovallino, luego de la una exhaustiva investigación desarrollada por la fiscalía que llevó a que se realizará un segundo juicio condenatorio.

    En esta nueva instancia, el Tribunal logró encontrar culpable al enjuiciado y se decretó una sentencia condenatoria de 10 años y un día, por el delito de violación, probándose la tesis presentada por el fiscal a cargo de este caso, Herbert Rohde, quien valoró que el tribunal acogiera las pruebas presentadas. “Eran muy contundentes, fundamentalmente la declaración de la víctima y además, prueba de contexto como la de la madre de la víctima que daba cuenta y ratificaba que el sujeto había tocado a su hija, lo cual le dio fuerza a la declaración de la niña”.

    El inculpado deberá cumplir sus 10 años y un día de prisión en el Centro de Detención Preventiva (CDP) de Ovalle, mientras que el fallo quedó ejecutoriado a firme.

    Los magistrados no concedieron ningún tipo de beneficio a Rojas Muñoz, solo lo sentenció a la pena accesoria de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente de los casos que la Ley designa. Pero también, quedó sentenciado a la pena de sujeción de vigilancia de la autoridad durante 10 años después de cumplida su pena principal, la que consiste en que luego de recuperar su libertad, deberá informar cada 3 meses a Carabineros acerca de su domicilio actual.

    “En ambos juicios se decretó la responsabilidad del inculpado de este hecho y durante este segundo juicio las fortalezas fueron las declaraciones de la víctima que fueron muy creíbles, además de un segundo caso que se presentó con la hija de la pareja de este sujeto quien también habría sufrido tocaciones sexuales y eso nos dio más fuerza a nuestra tesis”, puntualizó el fiscal. o1302i.