• Ley de acoso callejeros a pasos de ser constituida como un delito penal
    Ley de acoso callejeros a pasos de ser constituida como un delito penal
Busca ser considerada dentro del Código Penal y entregar sanciones de presidio, a quienes atenten contra la seguridad a los mayores de edad con una tonalida sexual, tanto apra mujeres y hombres

Por unanimidad y en primera instancia, el pasado miércoles 20 de enero la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados, aprobó de manera unánime el proyecto que tipifica el delito de acoso sexual callejero, en lugares públicos. Posterior a eso la iniciativa quedó en condiciones de ser analizada por la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, en la antesala de un largo camino.

En tanto, para la población en general, especialmente el grupo femenino, son muchas las dudas en torno a este proyecto, las sanciones que propone y cómo cambiará el escenario de los acosos, en el caso de que se integre al Código Penal.

“El tema de los piropos es una caricaturización contra el proyecto, el cual se enfoca en el acoso sexual que se producen en los espacios públicos o vía pública, los cuales deben tener ciertas consideraciones. Se aprobó la sustitución de un artículo que se refiere a los contactos corporales que provoquen a una víctima, un trato humillante, degradante que afecte a la dignidad de la persona que puede ser hombre o mujer”, enfatizó el diputado Matías Walker, quien preside la mencionada comisión.

Es decir, se podrá aplicar cuando exista una clara intensión sexual, sobre todo cuando se produzca un contacto físico corporal, cuando esto genere un toqueteo malicioso o descaradamente se presente un contacto pélvico entre las partes. Otro caso se presenta por ejemplo, cuando algún individuo se masturbe en cualquier espacio público, además de quedar establecido que se busca la sanción para aquellos que disfrutan del registro de imágenes de connotación sexual y que luego puedan transmitir por redes sociales.

“Existía un vacío legal y prontamente se considerará un delito, cuando se presente este tipo de situaciones sin convencimiento de la víctima, ya que el contacto corporal se considera abuso sexual infantil para menores de 14 años y que no era válido respecto a quienes se enfrentan a este tipo de acciones al ser mayor de edad. El Ministerio Público acogió como correcto el planteamiento de la Ley”, puntualizó Walker.

El diputado además enfatizó que la nueva Ley, considera el caso tanto para hombres como mujeres, aclarando que no se sanciona el conocido piropo, sino las acciones sexuales que generen una degradación o afectación en la dignidad en la seguridad.

Proyecto

Lo primero que hay que saber, es que esta propuesta es de carácter legislativa, pues busca introducir modificaciones al Código Penal. Estas permitirán catalogar todo acto de connotación sexual, que ocurran en lugares públicos o semipúblicos, contra una persona que no lo desea, en delitos sancionables y se aplica, en caso de ser el acosado o de ser el acosador.

Uno de los incisos especifica que la violencia en este tipo de sectores concurridos, comprende toda conducta y/o acción física, verbal y/o gestual de naturaleza o connotación sexual como: comentarios, insinuaciones y gestos que resulten ofensivos, humillantes y denigrantes. También tocamientos y/o roce corporal intencional o indebido realizada por una o más personas, en contra de otra y conductas que consideren que afecten su dignidad y derechos fundamentales.

Con esta iniciativa se busca el establecimiento de medidas preventivas por parte del Estado y campañas informativas para sensibilizar sobre el tema en vías públicas, espacios laborales, familiares, etc, además de las consecuencias que traería ser acosador.

También incluirá sanciones como pagar el doble de la multa en caso de captación de imágenes privadas, que sean difundidas sin autorización y busca entregar herramientas legales, para que la población pueda hacer sus denunciar, siendo atendidas, escuchadas y sancionadas. O01301i. 

 

 

 

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